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Fue en enero, pero el
Secretario General del PAP lo ignoraba, se habría agotado la vía administrativa
para la actual dirigencia
Esta semana, liego de conocerse la resolución del Jurado
N° 165-2018/JNE por la que el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
resolvió declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por Edith Pozo
Martínez, miembro del Tribunal Nacional del Apra, contra el proceso de
elecciones internas realizado en julio del 2017, el congresista Elías
Rodríguez anunció que presentaría un recurso extraordinario ante el JNE
para revertir esa resolución que anula la última inscripción de la dirigencia
del Partido Aprista, en la que él aparece como secretario general
institucional.
“Vamos a ir a seguir una acción de carácter
administrativa, se llama un recurso extraordinario. Abrigamos la esperanza de
que ese recurso sea el reflexivo por el cual esta gente pueda reflexionar sobre
esto”, declaró en ese momento.
Pero ahora se conoce una resolución que haría ya insoluble
la situación legal de la actual directiva, la N° 061-2018/JNE, del último 31 de
enero, por la cual se dejó sin efecto el
contenido de la Resolución N.° 306-2005-JNE, del 11 de octubre de 2005, por el
que se creó el recurso extraordinario por afectación de los derechos al debido
proceso y a la tutela procesal efectiva en contra de las resoluciones del Pleno
del Jurado Nacional de Elecciones.
Es decir la figura que pretendía utilizar la actual
dirigencia aprista ya no existe, y ni siquiera estaban enterados, la misma resolución
establece que los recursos extraordinarios interpuestos hasta la fecha de
publicación de esa resolución (31 de enero) sean tramitados y resueltos bajo
las normas y criterios vigentes al momento de su formulación.
El documento lleva las firmas de los magistrados Ticona
Postigo, Arce Córdova y Chávarry Correa. Con esto, quedaría agotada la vía
administrativa ante el JNE, aunque queda abierta otras vías constitucionales o
judiciales, el problema para el Partido Aprista es que ya se vencen los plazos para
las elecciones de candidatos y si la actual dirigencia no es reconocida por el
JNE todos sus actos podrían ser declarados nulos.





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